El criterio de la AEAT es que existe una ganancia patrimonial tributable en IRPF al actualizar el valor del inmueble, sin embargo diversos Tribunales Superiores de Justicia han señalado que aunque se actualice el valor, no existe una ganancia patrimonial.
Se trata de un tema controvertido no existo de disputa con la AEAT, sin embargo si lo desean pueden contactar con nosotros para asesorarle y confecionar su declaración de la renta para obtener la mayor eficiencia fiscal con el menor riesgo.
Pago en el IRPF por disolución del Condominio
Buenos días José Ignacio,
El criterio de la AEAT es que existe una ganancia patrimonial tributable en IRPF al actualizar el valor del inmueble, sin embargo diversos Tribunales Superiores de Justicia han señalado que aunque se actualice el valor, no existe una ganancia patrimonial.
Se trata de un tema controvertido no existo de disputa con la AEAT, sin embargo si lo desean pueden contactar con nosotros para asesorarle y confecionar su declaración de la renta para obtener la mayor eficiencia fiscal con el menor riesgo.
Muchas gracias.
Un saludo,