Para extinguir la copropiedad del inmueble mediante la disolución del condominio se ha de pagar la cuota correspondiente al resto propietarios en metálico y realizar la operación ante notario. El coste fiscal será el ADJ (tipo impositivo del País Vasco) aplicado a los importes que les corresponde al resto de propietarios. Todo ello partiendo del coste de adquisición en la desmembración de la propiedad.
En el caso de que se pague un precio superior al señalado en la adquisición por actualizarse el valor de adquisición al valor de mercado, si existirá un mayor coste fiscal al producirse una ganancia para el transmitente.
Extinción de Condominio-Impuestos a pagar
Buenas tardes María,
Para extinguir la copropiedad del inmueble mediante la disolución del condominio se ha de pagar la cuota correspondiente al resto propietarios en metálico y realizar la operación ante notario. El coste fiscal será el ADJ (tipo impositivo del País Vasco) aplicado a los importes que les corresponde al resto de propietarios. Todo ello partiendo del coste de adquisición en la desmembración de la propiedad.
En el caso de que se pague un precio superior al señalado en la adquisición por actualizarse el valor de adquisición al valor de mercado, si existirá un mayor coste fiscal al producirse una ganancia para el transmitente.
Un saludo.