Hola:
En mi caso estamos haciendo el reparto de una herencia entre tres hermanos pero los bienes existentes (Principalmente dos inmuebles) no son, por su dispar valor, muy susceptibles de adjusicación individual, por lo que haremos una adjudicación en proindiviso ya que el plazo de ejecución está próximo a vencer. Uno de los hermanos está pensando si se queda con todo, pero la decisión (por disponibilidad de fondos) no puede tomarla hasta poco después de haber firmado este reparto. La pregunta es: ¿se puede hacer una extinción de condominio y que sea considerada como tal en fecha muy próxima (pongamos un mes) posterior a la adjudicación de los bienes por herencia??
Un saludo y muchas gracias
Extinción de condominio